Descripción del servicio
De acuerdo a la Ordenanza No. 01 a través de la cual se fija la fecha límite de declaración y pago del impuesto sobre vehículos automotores para la siguiente vigencia fiscal y se establecen descuentos por pronto pago”.
Plazos: para la declaración y pago del Impuesto sobre Vehículos Automotores correspondiente a la vigencia, incluidas las motocicletas de más de 125 c.c., el descuento por pronto pago del impuesto es:
- Los contribuyentes que declaren y paguen el Impuesto correspondiente al periodo gravable del año actual, a partir de la entrada en vigencia de la Ordenanza, incluidas ambas fechas, tendrán un descuento del diez por ciento (10%), sobre el valor del impuesto liquidado.
- Los contribuyentes que declaren y paguen el Impuesto correspondiente a la vigencia fiscal actual, entre el 30 de abril y el 15 de julio, incluidas ambas fechas; no tendrán ningún descuento.
- El 15 de julio de al año actual fue la fecha limite del pago del impuestos de vehiculos, sin sancion y sin intereses de mora.
Documentos que debe llevar:
- Fotocopia de la matrícula del vehículo