Descripción del servicio
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Vigencia de la Revisión Técnico Mecánica y de Gases:
- Vehículo particular: la primera revisión técnico mecánica se debe hacer a los 5 años contados a partir de la fecha de su matrícula en el Registro único Nacional Automotor (RUNT) y después cada año.
- Vehículo público: la primera revisión técnico mecánica se debe hacer a los 2 años contados a partir de la fecha de su matrícula en el Registro único Nacional Automotor (RUNT) y después cada año.
- Motos y similares: la primera revisión se debe hacer a los 2 años contados a partir de la fecha de su matrícula en el Registro Único Nacional Automotor (RUNT) y después cada año.
En la Revisión Técnico Mecánica y de Gases se revisa:
- Inspección visual: sillín y reposa pies, espejos, direccionales, luz de freno, fugas de líquidos, llantas en servicio, suspensión. etc.
- Inspección de frenos
- Inspección de gases (emisiones contaminantes)
- Medición de intensidad e inclinación de luces.
- Terminadas las pruebas, se determina la aprobación o no del vehículo.
En caso de ser aprobado, se entrega el certificado de RTMyEC, y el soporte de los resultados de cada una de las pruebas. El proceso termina con el registro de la certificación de la revisión en el Runt.
¿Qué pasa si el vehículo es rechazado en la Revisión Técnico Mecánica y de Gases ?
Tiene 15 días calendario para realizar los ajustes necesarios y regresar al Centro de Diagnóstico Automotor y realizarle un nuevo chequeo sin costo adicional. Debe tener en cuenta que el vehículo continua sin cumplir los requerimientos para circular por las vías y podría ser SANCIONADO, hasta que culmine su proceso y obtenga su certificación.
Requisitos para acceder al servicio:
El vehículo debe de ingresar en estado adecuado de limpieza que permita una revisión visual confiable, descargado y sin tapas en las llantas. Debe presentarse matricula (licencia de tránsito) y los demás requisitos que se estipulen en el contrato de prestación de servicios.